La Ley 2/2023 protege a las personas que informan sobre infracciones y obliga a las organizaciones a disponer de un sistema interno de información.
Quién debe tenerlo
Con carácter general, las entidades privadas con 50 o más personas trabajadoras, además de otros supuestos que fija la ley.
Plazos básicos
- Acuse de recibo de la comunicación en un plazo de 7 días naturales.
- Respuesta a las actuaciones de investigación en un plazo máximo de tres meses, ampliable otros tres en casos de especial complejidad.
Garantías
Confidencialidad, posibilidad de comunicación anónima, protección frente a represalias y un libro registro de las informaciones recibidas.
Nuestra Compliance Suite incluye un canal con la marca de cada cliente y libro registro. Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento jurídico.
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